Mediante Resolución Legislativa Nro. 30312,
publicada en el diario Oficial “El Peruano” el 22 de marzo último;
se ratificó el Convenio Nro. 183 de la OIT, relativo a la Protección de
la Madre Trabajadora, esta norma es aplicable a todas las empresas, personas
naturales e instituciones que tengan personal sujeto al régimen laboral de
la actividad privada, y dentro de éstos, tengan trabajadoras que pudieran dar a
luz.