jueves, 23 de mayo de 2013

INGENIERÍA LEGAL PARA DESPEDIR A DIRECTIVOS POR FALTA DE ÉTICA


He leído la semana pasada un artículo interesante con este título, escrito por Almudena Vigil, y publicado en el diario Expansión de España; la importancia de este artículo radica en que el empresario puede encontrar motivos para formular un despido procedente, por lo que los directivos de las compañías están a merced de estas normas internas que rigen en las mismas, que tienen como únicos límites los códigos de conducta, los cuales deben respetar los derechos fundamentales, la legislación vigente, la negociación colectiva o lo establecido por el contrato de trabajo.

Cuando este tipo de demandas por despido son de conocimiento por los Juzgados Españoles, lo que analizan es el elemento publicidad, esto es que el alto directivo conocía la existencia de este Código, en este caso es necesario la aceptación de estos documentos. Esta comunicación por cierto puede ser a través de la página web de la empresa. Es por ello, que se formula la siguiente pregunta ¿hasta donde puede alcanzar el régimen disciplinario de estos códigos éticos?.

lunes, 13 de mayo de 2013

LA PROHIBICIÓN DE COMPETENCIA Y LA BUENA FE CONTRACTUAL


Un tema que resulta importante para las empresas cuando contratan a sus funcionarios, esta relacionado con la obligación de no competencia y los pactos relacionados, como son el trabajo dedicación exclusiva y permanencia.


Se plantea el problema si este tipo de acuerdo supone una renuncia de derechos por parte del trabajador, en tanto de acuerdo con lo señalado por el artículo 26 inciso son irrenunciables los derechos reconocidos en la Constitución y la Ley.