
Cuando
este tipo de demandas por despido son de conocimiento por los Juzgados
Españoles, lo que analizan es el elemento publicidad, esto es que el alto
directivo conocía la existencia de este Código, en este caso es necesario la
aceptación de estos documentos. Esta comunicación por cierto puede ser a través
de la página web de la empresa. Es por ello, que se formula la siguiente
pregunta ¿hasta donde puede alcanzar el régimen disciplinario de estos códigos
éticos?.